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EL EDITORIAL. Un pequeño cuido del TS hacia el ciudadano hipotecado

En nuestro Editorial , por una vez… (¡Por una vez!)... y sin que sirva de precedente, vamos a dar una noticia que nadie se la podría creer, y no sabemos cuánto va a durar esto, ¿verdad?, pero… ¡va a durar! Y nos da un verdadero placer (no por envidia, no por rabia, no por odio, no por rencor… por nada de eso), sino por

 

COMUNICAEn nuestro Editorial, por una vez… (¡Por una vez!)... y sin que sirva de precedente, vamos a dar una noticia que nadie se la podría creer, y no sabemos cuánto va a durar esto, ¿verdad?, pero… ¡va a durar! Y nos da un verdadero placer (no por envidia, no por rabia, no por odio, no por rencor… por nada de eso), sino porque sienta un precedente -lo que vamos a comentar-. Tampoco da una seguridad o garantía pero, da una sensación como de un pequeño ‘cuido’ a los que curramos –como se suele decir- cotidianamente, laboramos con nuestra mejor intención. Nos da como un pequeño “¡No puede ser; no puede ser!”… Pues sí puede ser. La noticia viene recogida en la página web de rtve:

20181018 hipoteca 3“El Supremo rectifica y dice que el banco tiene que pagar el impuesto de registrar una hipoteca”.

¡Ole, con ole, y olé! Rectifica, ¿eh?, ¡rectifica!

Y ahora los bancos se han venido abajo… ¿¿??... ¡Qué hipócritas, qué cara duras!... Porque, claro, ahora el que quiera puede demandar al banco y conseguir que éste le pague ese impuesto: el impuesto de registrar una hipoteca. Y es que, además, tenía gracia: el impuesto del registro de la hipoteca lo pagaba el hipotecado.

Pues ahí lo tienen:

“El Alto Tribunal cambia su jurisprudencia, hasta ahora el impuesto de actos jurídicos documentados lo pagaba el cliente”.

20181018 hipotecaNormalmente no ocurre esto; una vez que se sienta jurisprudencia, eso no cambia, pero… ¡Bueno!, el Supremo sí lo puede hacer.

“Anula un reglamento de Hacienda y restablece la ley que imputaba el tributo a la entidad bancaria como mayor beneficiaria”.

¡Ahí lo tienen!

“El Tribunal Supremo rectifica su doctrina y señala ahora que quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de hipotecas es el banco, no el cliente”.

¡El que debe pagar ES EL BANCO!... ... ... (Silencio)... ... ... ¡No el cliente! Ya bastante gente se ha “auto inmolado” cuando ha perdido sus casas debido a las hipotecas. ¡Al menos empiecen ustedes a…! Pero esto no es lo peor. Lo peor viene ahora (ya verán):

“La sentencia abre la puerta a las reclamaciones que podrían presentar los ocho millones de españoles que tienen una hipoteca aunque aún no está claro el procedimiento”.

20181018 hipoteca 4(Pues al parecer ya se ha aclarado el procedimiento, y pueden pedirlo aquellos que no hayan ratificado de una manera firme y tal. Muchos van a pedirlo). Pero... fíjense lo que es (a qué tipo de economía estamos sujetos). ¡Esto es lo grave!:

“Los bancos acusaban el revés judicial en la Bolsa con pérdidas que superaban el 6% en el caso de Sabadell, cruzado el ecuador de la media sesión ninguna de las entidades financieras españolas se salvaba de los números rojos”.

Esto es increíble: cómo los bancos han sido tan, tan… sátrapas, que cuando se les dice “Oye, que no es justo que el cliente, además, pague esto; esto lo tienes que pagar tú, que eres el más poderoso, el más potente, el que más tiene”, pues ya ven: se desploman.

De ahí nuestra alegría: sentir que por una vez el que va a hipotecar algo… Creemos que a nadie le gusta, porque… eso, hipotecas tu casa, tu coche, tu empresa… Y entonces tienes que pagar con unos intereses, y puedes quedarte sin tus propiedades. A nadie le gusta eso, ¿no? Y eso lleva unos gastos… Pues lo normal es que lo pague el banco, pero, ¡claro!, estamos acostumbrados a pagar siempre, a ser los pagaderos: “Pues tienes que pagar; tú tienes que pagar y ahora te toca pagar”. Pero… “Si le voy a dejar el piso a mi hijo, a mi prima”… “No, ahora tienes que pagar”. “¡Hay que pagar; hay que pagar!”… Y siempre éramos los pagaderos. El Estado y el banco no pagaban nada. Pues esta vez va a ser difícil que se vuelvan atrás, porque a anulado una jurisprudencia y han sentado otra.

20181018 hipotecasPero lo que nos ha llamado la atención es la maniobra económica. ¡Porque esto es una maniobra económica! ¡El banco no pierde! Nos quieren hacer ver ahora que esta sentencia del Supremo (que nos llama poderosísimamente la atención) arruina a los bancos. ¡Los arruina!, por un 6%... Todos han cerrado en números rojos. ¡No nos digan que no tenían dinero y que van a quebrar!... ¡Por favor, por favor!... ¡Ya se encargarán de subir el precio de las hipotecas!

Esto es lo que nos parece cínico. Es el juego del capitalismo cruel, que juega. Ahora, ante el que hipotecado, dice “¡Pobrecito! Ha perdido tanto… No, no, no; Si hace falta, yo pago”. Te hace sentir hasta culpable (aunque no es nuestro caso, desde luego). ¡Qué vergüenza! O sea, ahora se vienen abajo un 6%... ¿Y cómo se vendrá abajo alguien que hipoteca su empresa, su piso, su terreno?, ¿cómo se vendrá?, ¿cuánto pierde ese señor?, ¿un 6%?, ¿un 30%?

En fin, nos alegramos de esta decisión, pero vemos la maniobra que hay detrás.

“En una sentencia de 16 de octubre, la Sala Tercera del Tribunal Supremo modifica su jurisprudencia anterior e, interpretando el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y su reglamento, concluye que no es el cliente el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de hipotecas (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad que presta el dinero.

El magistrado Jesús Cudero tiene en cuenta que el negocio inscribible es la hipoteca y que el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista, que solo mediante dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca.

La sentencia anula un artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo”.

20181018 hipotecas 2Pues así…

“Los consumidores instan a reclamar. El presidente de Adicae, Manuel Pardos, celebra la sentencia que anula el reglamento de Hacienda y aboga por una solución colectiva extrajudicial.

Entre las asociaciones de consumidores, Facua celebra el cambio de criterio e insta al Gobierno y a las comunidades autónomas a "emprender medidas" para supervisar la reacción de la banca y "sancionar a los bancos que se nieguen a cumplir la ley".

(Y etc., etc., etc.)

Vamos a ver si seguimos así. A ver si el Supremo hace más cositas de este tipo, porque… por hacer debe tener un montón, montón, montón, pero… ¡Bueno!, parece ser que… ¡en fin!