EL SUPREMO Y LAS COMPENSACIONES POR DESPIDO
El Supremo cierra la puerta a las indemnizaciones adicionales por despido improcedente El tribunal, esta vez tomando en cuenta la Carta Social Europea, rechaza de nuevo las compensaciones superiores a las tasadas, pese a los pronunciamientos a favor del Consejo de Europa Las indemnizaciones adicionales por despido impr
El Supremo cierra la puerta a las indemnizaciones adicionales por despido improcedente
El tribunal, esta vez tomando en cuenta la Carta Social Europea, rechaza de nuevo las compensaciones superiores a las tasadas, pese a los pronunciamientos a favor del Consejo de Europa
Las indemnizaciones adicionales por despido improcedente, con cuantías que superen el máximo fijado en el Estatuto de los Trabajadores, no tienen cabida de acuerdo a la legislación española. Esa es la conclusión a la que ha llegado este miércoles la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, reunida en pleno para analizar un caso que reabría este debate. El tribunal ya falló contra este tipo de compensaciones en diciembre del año pasado, superiores a los 33 días por año trabajado (45 para los periodos previos a la reforma de 2012) y un tope de 24 mensualidades (42 antes del cambio), pero dejó una puerta entreabierta al subrayar que no tomaba en cuenta en su decisión la ratificación de la Carta Social Europea por parte de España. Ahora, con ese tratado ratificado por España en 2021 en la mesa, insiste en su veto a las indemnizaciones adicionales en función de las circunstancias del empleado. Pese a esta decisión, el Ministerio Trabajo insiste en su intención de reforma la normativa, haciendo “efectivo” el programa de coalición “y su compromiso con la ciudadanía”
https://elpais.com/economia/2025-07-16/el-supremo-vuelve-a-rechazar-las-indemnizaciones-adicionales-por-despido-improcedente.html