LA INHABILITACIÓN DE CAPRILES Y LA POSIBLE CORTINA DE HUMO POLÍTICA
Parece ser que es la decisión del Gobierno de Maduro el inhabilitar para ejercer cargos públicos por 15 años al líder opositor señor Henrique Capriles, quien con los 45 años que tiene, hasta los 60 años de edad no podría ocupar ningún cargo público (1) . Capriles en la actualidad es gobernador del Estado Miranda, por l
Parece ser que es la decisión del Gobierno de Maduro el inhabilitar para ejercer cargos públicos por 15 años al líder opositor señor Henrique Capriles, quien con los 45 años que tiene, hasta los 60 años de edad no podría ocupar ningún cargo público(1).
Capriles en la actualidad es gobernador del Estado Miranda, por lo que no sabemos en qué va a quedar todo esto, porque si queda inhabilitado para el ejercicio de tarea pública, ¿cómo queda su situación con respecto al cargo que tiene asignado? Se supone que desde el momento en el que hubiera una sentencia condenatoria tendría que abandonar su puesto (no puede ser que lo haga “cuando termine el cargo”).
El señor Capriles dice que le han comunicado la inhabilitación, pero por lo que hemos estado repasando en la prensa, la única noticia al respeto es la afirmación que hace él mismo. No hay un comunicado oficial, y ningún periódico, radio o agencia informativa se ha hecho cargo del asunto, solo del comunicado hecho por el propio señor Capriles. “Urgente: informo al país y a la opinión pública internacional de que se me está notificando en este momento de una inhabilitación por 15 años", escribió el gobernador del estado venezolano de Miranda en su cuenta oficial de la red social Twitter, pero nos cuesta trabajo pensar que se lo ha inventado…
El señor Juan Carlos Afán nos aporta que, leyendo en la prensa del día, aparece que las sentencias 151 y 152 (que se han desmontado muchas cosas y se han devuelto muchas cosas a la Asamblea) hay cosas que no se han devuelto. Que a lo mejor lo que estamos oyendo es un ruido, un telón de fondo, una humareda, para lo que realmente pretendía Maduro y su equipo: que es que tiene competencias ahora el TSJ que ya no tiene la Asamblea, sobre todo en la firma de acuerdos de colaboración sobre materias primas, con empresas mixtas (es decir, oro, uranio y petróleo), y que concretamente, la última inyección de dinero vino de una petrolera rusa que podría interesarle terminar de comprar CITGO (la refinería y todo el sistema que tienen en EE.UU.) y que, así, esos artículos que no se han derogado de esas sentencias permitirían al Gobierno no tener que pasar por la Cámara, y poder salvar económicamente, y poder volver a tener una inyección económica(2).
Porque todo lo demás, le han devuelto las competencias como si fuera el juego de “entretengo, entretengo, entretengo…”, mientras que esas potestades se las ha seguido quedando el TSJ, que evidentemente es partidario de lo que diga el Gobierno, y que evidentemente sería una forma de buscar una situación a la asfixia económica porque, ahora mismo, en el caso de PdVSA tiene que pagar en el bono de 2017 alrededor de unos 69.000 millones de dólares… No se podría declarar en bancarrota porque eso supondría ya lo peor; y a lo mejor han hecho ya mucho ruido para colar otra cosa.
Esa sería una explicación, porque en lo que se refiere al resto de los puntos de las sentencias el TSJ han devuelto las competencias sin más. Habría sido un “entretengo, entretengo con el escándalo político” mientras que las potestades de ámbito económico se las ha quedado el TSJ, que como es partidario de lo que diga el Gobierno, permitiría buscar dinero para paliar la asfixia económica que tiene PdVSA y que no se puede declarar en bancarrota. A lo mejor han hecho (con esas dos sentencias) y están haciendo (con lo del señor Capriles) mucho ruido para colar otras cosas.
Creemos que puede ser, puede ser… En cualquier caso, en lo que se refiere a Henrique Capriles, sabremos pronto si es realmente un dictamen del Gobierno su inhabilitación. Tendrán que decir por qué. En caso de que así sea, inhabilitado el señor Leopoldo López, si ahora inhabilitan al señor Henrique Capriles, no habría nadie “de peso” que comandara la oposición hoy en día.
La situación en Venezuela sigue grave. La muerte del joven de 19 años (de lo que ya les hemos informado) ha provocado que se convoque una manifestación de protesta. Veremos en qué termina y cómo transcurre.
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(1)Resulta que la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela sancionó esta semana a Capriles con el pago de una multa de diez dólares «por haber reconducido el presupuesto de Miranda», algo que el gobernador estatal interpretó como un intento de 'inhabilitación' política. La institución venezolana, encargada de vigilar a los servidores públicos, investiga además a Capriles por sus presuntos vínculos con la constructora brasileña Odebrecht, epicentro de un escándalo de pago de sobornos para conseguir obras públicas en toda la región.
(2)Algo que podría explicar toda esta situación está en relación a las dos polémicas sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela que la oposición calificó de “autogolpe”, y que supusieron un clamor a nivel internacional también.
El escándalo surgió cuando a la opinión pública se le comunicó que el TSJ había publicado dos sentencias, en la primera de las cuales (nº 155, de 28 de marzo de 2017) se establecía que el TSJ desconocía la inmunidad parlamentaria de los diputados de la Asamblea Nacional, y en la segunda sentencia (nº 156, de 29 de marzo de 2017) el TSJ se abrogaba oficialmente las funciones legislativas de la Asamblea Nacional (AN). Dos días después, el TSJ emitió otras dos nuevas sentencias aclaratorias en las cuales suprimía esos dos puntos polémicos anteriormente mencionados (inmunidad de diputados y funciones de la AN). La opinión pública se calmó, y hasta se habló de que Maduro había tenido que dar marcha atrás, de una victoria, etc.
Pero… resulta que las sentencias no solo se referían a esos dos, sino que tenían seis puntos principales:
- Declaraban nulo “… el acto parlamentario de Acuerdo sobre Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA…”.
- Eliminaban la Inmunidad Parlamentaria y acusan a los Diputados de traición a la patria. (Punto que se suprimió posteriormente).
- Otorgaban poderes al Presidente de la República en materia civil, económica, militar, penal, administrativa, política, jurídica y social, para evitar un eventual estado de conmoción.
- Prorrogaban el Estado de Excepción.
- Evadían la facultad de la Asamblea Nacional para aprobar la constitución de Empresas Mixtas.
- Y ratificaban que, mientras continúe la condición de desacato de la Asamblea Nacional (algo que viene desde las últimas elecciones cuando hubo el conflicto con los tres diputados opositores del Amazonas que fueron elegidos y juraron su cargo pero que luego fueron impugnados y suspendidos), las decisiones de la Cámara son nulas, y que la Sala Constitucional o un órgano nombrado por ella asumiría la totalidad de las competencias del Parlamento. (Punto que también se suprimió posteriormente).
Por lo tanto, con las dos nuevas sentencias se han devuelto atribuciones y competencias a la Asamblea Nacional y a los diputados, pero... hay cosas que no se han modificado de las sentencias.
Entonces una explicación de lo que ocurre es que todo esto sería una cortina de humo para tapar lo que realmente se pretendía: de acuerdo con el punto 6) arriba indicado, que no ha sido modificado en las nuevas sentencias aclaratorias, anteriormente la Asamblea Nacional era paso obligado para endeudarse o negociar contratos petroleros o mineros legítima y constitucionalmente, y ahora es el TSJ quien tiene competencias para la firma de acuerdos de colaboración sobre materias primas (oro, uranio y petróleo) con empresas mixtas. Concretamente, la sentencia 156 buscó reinterpretar el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos para excluir la aprobación de la Asamblea en la conformación de empresas mixtas (punto 6 del listado arriba indicado), y... casualmente resulta que PdVSA (Petróleos de Venezuela, S.A.) está bregando un fuerte financiamiento de la empresa petrolera rusa Rosneft para cubrir la cuota de casi 3.000 millones de dólares que debe pagar este mes a sus acreedores. Entonces, los artículos que no se ha suprimido de esas dos sentencias permitirían al Gobierno no tener que pasar por el Parlamento y poder volver a tener una inyección económica del extranjero (lo que significaría más deuda).