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SEMILIBERTAD A LOS POLITICOS PRESOS, VA A SER QUE NO

“ El Tribunal Supremo tumba las semilibertades de Oriol Junqueras y el resto de condenados por el 1-O al considerarlas "prematuras". “Anula el tercer grado de los condenados por sedición y también tumba la concesión del artículo 100.2 por parte de la Generalitat. Los presos deberán permanecer en un régimen penitenciari

El Tribunal Supremo tumba las semilibertades de Oriol Junqueras y el resto de condenados por el 1-O al considerarlas "prematuras".

oriol“Anula el tercer grado de los condenados por sedición y también tumba la concesión del artículo 100.2 por parte de la Generalitat. Los presos deberán permanecer en un régimen penitenciario ordinario, es decir, en el segundo grado.

El Tribunal Supremo revoca el tercer grado penitenciario concedido por el departamento de Justicia de la Generalitat catalana a los nueve condenados a penas de prisión por el 1-O, al considerar que se trata de una medida prematura.

La Sala de lo Penal destaca que es preciso que transcurra un período de tiempo mayor para evaluar adecuadamente la evolución del interno y el tratamiento penitenciario, máxime cuando se trata de condenas elevadas (de 9 a 13 años de cárcel) de las que ninguno ha cumplido la mitad, y la mayoría ni siquiera una cuarta parte. 

El tribunal estima los recursos de apelación de la Fiscalía contra el progreso a tercer grado penitenciario concedido por la Generalitat y ratificado después por los juzgados de Vigilancia Penitenciaria, de manera que deberán continuar en segundo grado ordinario.Sentencia del proces Proceso soberanista Independentismo Cataluna Tribunal Supremo Manuel Marchena Oriol Junqueras Jordi Turull Josep Rull Tribunales 436716913 135184013 1706x960

Asimismo, estima el recurso de la Fiscalía en relación a la aplicación a estos internos del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que suponía también un régimen de semilibertad, y que les deniega, reiterando los argumentos que dio respecto a Carme Forcadell el pasado mes de julio, por la falta de conexión de un programa de tratamiento de ese tipo con un proceso de reinserción de los delitos cometidos.

El tribunal que ha dictado los autos está formado por Manuel Marchena (presidente y ponente), Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Andrés Palomo y Ana Ferrer.

En los nueve autos, de contenido similar, los magistrados explican que la concesión del tercer grado a un interno que no haya cumplido la cuarta parte de la condena (que es el caso de todos ellos salvo Jordi Cuixart, Jordi Sánchez y Joaquim Forn, que tampoco han cumplido la mitad) es excepcional y exige "una justificación reforzada, lógicamente, con respecto a aquella exigible en los supuestos en los que se propone para el tercer grado a un interno que ya ha cumplido la cuarta parte de la condena".

https://www.elmundo.es/espana/2020/12/04/5fbf8088fdddff94428b45ec.html